martes, 7 de julio de 2009

Defensa Civil de Sullana: “Ningún Terminal terrestre cuenta con las condiciones físicas y especiales para su funcionamiento”

“Como es posible que desde el año 2004 la Municipalidad Provincial de Sullana tenga el Informe de Defensa Civil y no haga nada al respecto, permitiendo que la zona este atestada de terminales terrestres, permitiendo el caos, la congestión vehicular y la contaminación ambiental en la ciudad”, reclamaron en forma airada y justificada los vecinos del barrio Leticia de Sullana.
Al respecto; la Fiscal Dra. Olenka Saldaña, especializada en Materia Ambiental, recibió de la Policía Ecológica el Informe Nº 12-2004 elaborado 02/03/2004 por la División de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Sullana, en el cual se detalla sobre la Inspección Técnica de Seguridad a los Termínales terrestres, ubicados precariamente en las cuadras 3 y 4 de la Av. José de Lama y cuadras 2 y 3 de la calle Pierola de esta ciudad.
El mencionado informe fue presentado a la PNP Ecológica -como prueba de cargo- por los dirigentes vecinales, liderados por el profesor Hipólito Gómez Palacios, secretario general de la Junta Vecinal del Barrio Leticia. Este minucioso estudio de Seguridad concluye que: “Ningún Terminal terrestre cuenta con las condiciones físicas y especiales para su funcionamiento”. Conclusión arribada después de las inspecciones técnicas efectuadas –en el año 2004- a los Terminales: TEPSA; CIAL; ETHMOPESAC; EPPO; TURISMO DEL NORTE; TRANSPORTES SELVA; TERMINAL PIURA – SULLANA GECHISA; ITTSA; OLTURSA; EL DORADO; LADY LUZ y TERMINAL EL GAVILAN y que a la fecha esta comuna no toma ninguna medida al respecto.
Grave contaminación de ruido y gases
Los Inspectores Técnicos de Seguridad de Defensa Civil de la MPS, concluyeron que los mencionados terminales no están considerados en el cuadro de compatibilidad de usos y plan de usos del suelo, normado en el Plan Director de la ciudad -detallado en la lamina 7-2006-003-B- ya que la zona de Av. José de Lama y calle Pierola (Cdas. 3-4 y 2-3) esta considerada como zona de Comercio Especializado y Residencia Densidad Media, lo que no es compatible para el uso de terminales terrestres.
“Las condiciones NO técnicas de las edificaciones donde funcionan estos precarios termínales terrestres, traen como consecuencia una proliferación exagerada de monóxido de carbono, ruidos y sonidos que sobrepasan los 90 decibeles, contribuyendo esto a la intranquilidad de los vecinos y a la inseguridad ciudadana”, concluye el Inspector Pablo Querevalu Ramírez, de Defensa Civil.
Según el D.L. Nº 613 en el art. 01, sobre el Código del medio ambiente y los recursos naturales, establece que es obligación de todas las personas la conservación del medio ambiente y consigan la obligación del estado de prevenir y controlar cualquier proceso de deterioro o depredación de los recursos naturales que puedan interferir con el normal desarrollo de toda forma de vida y de la sociedad, al que viene alegando los vecinos ya que ellos tienen todo el derecho de vivir en un ambiente de paz, de tranquilidad y libre de contaminación.
Situación de alto riesgo para los vecinos y peatones
Igualmente; debido la estreches de la calle Pierola (11 mts) obliga a los ómnibus realizar manobras antirreglamentarias de transito por tener un giro de 90º grados. Estos buses superan las 10 toneladas de peso, obstaculizando el transito vehicular y peatonal, deteriorando la carpeta asfáltica por estar esta diseñada para vehículos de menos peso.
Zona tugurizada con terminales
El numeral 2 del Anexo Nº 04 de la “Memoria Descriptiva Propuesta de Zonificación” de la Ordenanza Municipal Nº 017-99- MPS: “Ordenanza que Complementa Ampliando y Actualizando el Índice de Usos de Suelo para la Ubicación de Actividades de Transporte Publico en General, dentro del Plan Director de la Ciudad de Sullana al Año 2010”, detalla que: “Todo Terminal contará con un área mínima de embarque y desembarque de 400.00 mts2 o más, debiendo tener el siguiente equipamiento: administración, sala de espera, venta de boletos, SS.HH., cafetín, área de embarque y desembarque, of. De encomiendas y giros, área de parque y vigilancia permanente”.
Disposición que la mayoría de empresas de transporte no cumple. Para el caso GECHISA, Los inspectores de defensa civil, determinaron que existe un exceso de unidades, las que han superado la capacidad instalada de este terminal.
Vecinos insisten en que se cumpla ordenanza
“La Ordenanza Municipal 017-99-MPS esta en plena vigencia, la misma que otorgó 2 años de plazo para que los termínales sean reubicados en la zona de la carretera Panamericana, esto según la zonificación del Plan Director de la ciudad de Sullana. El plazo venció el año 2001, ya estamos 2009 y hasta cuando vamos a tener que esperar pacíficamente los vecinos”, manifestó el Profesor Hipólito Gómez Palacios.
“Queremos que el Alcalde Jame Bardales nos reciba y nos informe en detalle porqué este abuso con los vecinos del barrio Leticia, que intereses hay de por medio, esto no puede ser posible”, remarco el representante de los vecinos.